Socio de ADFiscal Expone en Sesión Informativa Digital sobre Derecho Laboral en la Crisis COVID-19

Nuestro socio Gabriel Baltazar Pedraza participó el 25 de mayo en el programa digital Charlas de Café del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, dirigido por la Mtra. Norma Flores, con el tema “¿Cómo afrontar el trabajo tras la pandemia?”.

En su exposición, Baltazar Pedraza habló sobre dos temas principales: las medidas que se han implementado en materia de salud e higiene por las autoridades competentes en materias de salubridad general; y los derechos laborales de cara a la nueva normalidad. 

Aquí te compartimos algunos puntos sobre este tema que no puedes perder de vista. 

¿Qué medidas laborales deben ser implementadas con motivo de la pandemia de COVID-19?

  • El 30 de marzo, el Consejo de Salubridad General emitió una declaratoria[1] de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor. Este decreto autoriza a la Secretaría de Salud para emitir medidas necesarias para hacer frente a esta emergencia.
  • El 31 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud emitió[2] diversas medidas de carácter extraordinario para atender la emergencia sanitaria.

¿Cuáles son las medidas establecidas por la Secretaría de Salud para hacer frente a la emergencia sanitaria?

  • Suspensión inmediata de todas las actividades no esenciales del 30 de marzo al 30 de mayo de 2020.
  • Únicamente pueden continuar funcionando las actividades esenciales durante dicho periodo.
  • Quienes realicen actividades esenciales deberán cumplir, de manera obligatoria, con las prácticas de sana distancia.
  • Resguardo estricto de personas pertenecientes a los grupos vulnerables, quienes deberán ausentarse de sus centros de trabajo con goce de sueldo, aún cuando realicen actividades esenciales.

¿Qué prácticas deben cumplir quienes realizan actividades esenciales?

  • No realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas
  • Lavado frecuente de manos
  • Estornudo o tos de etiqueta
  • Saludo a distancia
  • Todas las demás medidas de Sana Distancia vigentes emitidas por la Secretaría de Salud Federal

¿Quiénes son cosiderados personas vulnerables y qué medidas deben tomarse?

Las personas que deben estar en resguardo estricto son las que pertenecen a los siguientes grupos vulnerables: 

  • Mayores de 60 años 
  • Mujeres embarazadas
  • Personas diagnosticadas con hipertensión arterial y/o diabetes mellitus 
  • Personas con enfermedades cardíacas o pulmonares crónicas 
  • Personas con inmunosupresión (adquirida o provocada) 
  • Personas con insuficiencia renal o hepática 

Los patrones deben de asegurarse de: 

  • Que las personas pertenecientes a estos grupos se ausenten de sus centros de trabajo con goce de sueldo, aún si realizan actividades esenciales, y puedan trabajar de forma remota si sus funciones lo permiten. 
  • Implementar políticas temporales para que todos los empleados trabajen desde su casa recibiendo su sueldo íntegro por el tiempo que duren estas medidas. 

¿Qué medidas adicionales deben implementarse en los centros de trabajo?

El 20 de marzo de 2020, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social emitió una guía [3] en donde señala las acciones que los patrones podrán implementar en los centros de trabajo para prevenir el contagio del COVID-19. Dicha guía fue actualizada el 1 de abril de 2020. 

Las acciones que se mencionan en dicha guía son las siguientes:

  • Mantener informados a todos los empleados del centro de trabajo respecto a las indicaciones de la autoridad sanitaria.
  • Identificar si el centro de trabajo puede continuar funcionando durante la Jornada Nacional de Sana Distancia (“JNSD”), por tratarse de una actividad esencial.
  • Identificar dentro del centro de trabajo (i) al personal en situación de vulnerabilidad que deban aplicar estrictamente el resguardo domiciliario; (ii) las tareas que pueden realizarse desde casa; (iii) las funciones que por su grado de exposición o atención al público sean más riesgosas; (iv) e identificar las actividades esenciales para mantener la actividad del centro de trabajo.
  • Informar a los empleados sobre los signos, síntomas y medidas planteadas en la JNSD por COVID-19;
  • Colocar en múltiples lugares visibles las infografías oficiales y distribuirlas a través de los medios disponibles;
  • Informar a los trabajadores el teléfono de emergencia de la autoridad sanitaria;
  • Capacitar a los trabajadores sobre las medidas de prevención y de limpieza;
  •  Acceder al kit de herramientas, guía y consejos prácticos para aprovechar al máximo el teletrabajo.
  • Mantener una limpieza permanente del centro de trabajo y los lugares de labor, incluidos los servicios de alimentos;
  • Proveer a sus trabajadores de productos sanitarios y de equipo de protección personal;
  • Contar con depósitos de productos desechables y de uso personal;
  • Escalonar horarios para el uso de las instalaciones con el fin de disminuir el contacto; y
  • Separar las estaciones de trabajo compartidas a una distancia de 1.50 a 2.0 metros.
  • Establecer filtro de supervisión general para ingresar al centro de trabajo;
  • Enviar a casa al trabajador con síntomas de la enfermedad y remitirlo a su centro de atención médica;
  • Identificar a trabajadores que hayan tenido contacto con una persona infectada y enviarlos a casa, e indicarles que, en caso de presentar síntomas, acudan a revisión médica; y
  • Llevar registro del personal incapacitado y evaluar posibles casos de contagio.
  • Suspensión temporal de actividades no esenciales en el centro de trabajo aún en el caso de los sectores fundamentales;
  • Suspensión de actividades que involucren la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas a su centro de trabajo;
  • Flexibilizar el trabajo, permitir la reorganización de los turnos y el escalonamiento de las jornadas laborales, así como el uso de las tecnologías para minimizar el contacto directo, incluyendo el trabajo a distancia;
  • Permitir al personal en condición de vulnerabilidad no presentarse al centro de trabajo durante el periodo que dure la emergencia sanitaria, con el fin de cumplir con el resguardo domiciliario corresponsable;
  • Evitar el retorno de trabajadores enfermos sin contar con la evaluación médica pertinente; y
  • Apoyar a los trabajadores para que se retiren ante la presencia de síntomas de la enfermedad, a través de la simplificación de trámites de incapacidad y la eliminación de descuentos por ausencia.

¿Cómo funciona la estrategia para la reanudación de las actividades en el país?

El 14 de mayo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto[4] emitido por la Secretaría de Salud en el que se establecen una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como establecer acciones extraordinarias.

Etapas de la Estrategia 

  • Etapa 1.- Inicia el 18 de mayo del 2020, con la reapertura de las actividades en los municipios en que no se hubieran presentado casos de COVID-19 y que, además, no tengan vecindad con municipios con casos de COVID-19;

    Etapa 2.- Abarca del 18 al 31 de mayo del 2020, y consiste en llevar a cabo acciones de aplicación general tendientes a la preparación para la reapertura de las actividades en general, como son: la elaboración de protocolos sanitarios, capacitación de personal para seguridad en el ambiente laboral, […], así como la implementación de filtros de ingreso, sanitización e higiene del espacio laboral, entre otras.

    Etapa 3.- Inicia el 1 de junio del 2020, conforme al sistema de semáforo por regiones para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas.

Sistema de Semáforo para la Reanudación de las Actividades

Los derechos laborales, de cara a la nueva normalidad

  • Frente a la pandemia del COVID-19, se requieren de una serie de cambios legales, sociales e, incluso, culturales que permitan ajustar el ámbito laboral y económico a la “nueva normalidad”.
  • Las medidas obligatarias implementadas por la Secretaría de Salud, la guía de recomendaciones emitida por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, así como medidas tomadas por diversos Gobiernos en el Mundo, son claros indicativos del tipo de cambios y ajustes que podemos esperar en el ámbito.

Las formas de trabajo, de cara a la nueva normalidad

  • Sus ventajas radican en que se reduce considerablemente el riesgo de transmisión y contagio de enfermedades, tanto en el centro de trabajo, como en el propio hogar. Además, existen beneficios asociados, como la reducción de emisiones contaminantes derivadas del uso de transporte al centro de trabajo, aprovechamiento más eficiente del tiempo para descanso y ocio del trabajador y permite incrementar la convivencia familiar.
  • Sus desventajas radican en que no todos los empleos pueden ser realizados a distancia o desde casa. Además, no todas las personas cuentan con las herramientas para el teletrabajo o no se encuentran capacitados en el uso de herramientas tecnológicas para prestar el trabajo a distancia. Los trabajadores, y no los patrones, suelen ser quienes invierten en los insumos que les permiten realizar el teletrabajo.
  • Se requiere una reforma legal en materia de teletrabajo, pues hasta el momento no se encuentra regulado en la Ley Federal del Trabajo y esto puede derivar en abusos y arbitrariedades por parte de patrones.
  • Se requiere un cambio social y cultural en la manera en que concebimos el teletrabajo.

El trabajo presencial seguirá siendo necesario para la realización de múltiples actividades. Es indispensable que se distinga entre aquellas actividades que deben ser realizadas necesariamente en el centro de trabajo y que no pueden ser realizadas de manera remota, respecto de aquellas que sí pueden ser materia de teletrabajo, y sólo en el primero de los casos debe exigirse el trabajo presencial, cuando las medidas establecidas por las autoridades materia de salud lo permitan.

  • Se requiere de una reforma legal y reglamentaria, en la que se incorporen las medidas en materia de higiene y salud que hasta el momento han sido emitidas por la Secretaría de Salud y la Secretaría y la Secretaria del Trabjo para hacer frente a la emergencia sanitaria con motivo de la pandemia.
  • Se requiere un cambio social y cultural en la manera en que concebimos el trabajo presencial.


Si tienes alguna duda sobre los derechos laborales de cara a la nueva normalidad, déjanos un comentario o escríbenos.

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